Por la presente, para su conocimiento y efectos, y con motivo de la Solemne Procesión Marítima en honor a Santa Ana y La Virgen del Carmen, que tendrán lugar como tradicionalmente venimos desarrollando el próximo día 26 de julio del presente año, le participamos nuevamente del siguiente comunicado referente al Real Decreto 62/2008 de 25 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones de seguridad marítima, de la navegación y de la vida humana en la mar aplicables a las concentraciones náuticas de carácter conmemorativo, por tanto a tener en cuenta como en la pasada edición para su debido cumplimiento por cada uno de los sectores y personas implicadas que en él se ven afectados y que vienen definidos en cada uno de sus artículos, con el fin de la obtención de la conveniente autorización por parte de Capitanía Marítima que posibilite la celebración de dichos actos.
Dentro de los CAPÍTULOS I y II, muy a tener presente, entre otros, el artículo 6, referente a seguros y garantías de la responsabilidad, al igual que su artículo 9, el cual viene a regular las obligaciones de los patrones de las embarcaciones que tomarán parte de dichos eventos festivos, de lo cual se extrae el documento que se adjunta. Rogamos le den traslado a todas aquellas entidades, colectivos y/o personas implicadas para su conocimiento y obligado cumplimiento, así como su exposición pública en tablones informativos para facilitar así que aquellos que quieran participar se inscriban en la Delegación de Deportes y Tiempo Libre del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, en horario de 09:00 a 14:00 horas o bien a través de la siguiente dirección de correo electrónico atencionusuario@aytoroquetas.org .
La fecha máxima de inscripción será el día 11 de julio de 2023, siendo requisito imprescindible presentar la siguiente documentación:
– Declaración responsable para la participación en la celebración náutica con carácter festivo correspondiente a la procesión marítima de Santa Ana (modelo oficial).
– Certificado de seguridad de la embarcación.
– Certificado de navegabilidad.
– Seguro de Responsabilidad Civil de la embarcación.
– Licencia de navegación (motos acuáticas).
Insistimos en la necesidad del cumplimiento de las obligaciones que se establecen, así como del cumplimiento de las formalidades y plazos que en el mismo se contemplan.